Queda expresamente prohibido el uso y manipulación de elementos pirotécnicos, lanzamiento de cohetes, quema de tracas, petardos o bengalas, en
las vías y espacios públicos, y en zonas privadas cuando se originen molestias al vecindario.

Queda expresamente prohibido el uso y manipulación de elementos pirotécnicos, lanzamiento de cohetes, quema de tracas, petardos o Bengalas, en las vías y espacios públicos, y en zonas privadas cuando se originen molestias al vecindario, salvo que se disponga de autorización expresa del Ayuntamiento u otra Administración Pública competente, conforme a lo recogido en el Art. 28 de la Ordenanza Municipal de Policía. Buen Gobierno y Convivencia (BOP nº 235, de 31 de diciembre de 2008).